Según el artículo 15 de la Ley Orgánica 4/2015 de Protección de la seguridad ciudadana.
Los agentes de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad sólo podrán proceder a la entrada y registro en domicilio en los casos permitidos por la Constitución y en los términos que fije la presente Ley.
Será causa legítima suficiente para la entrada en domicilio la necesidad de evitar daños inminentes.
Para la entrada en edificios ocupados por organismos oficiales o entidades públicas, no será preciso el consentimiento de la autoridad o funcionario que los tuviere a su cargo.
Respuesta correcta: C)
Por qué
Es el apartado 3 del artículo 15 de la Ley Orgánica 4/2015: para la entrada en edificios ocupados por organismos oficiales o entidades públicas no será preciso el consentimiento de la autoridad o funcionario que los tuviere a su cargo. Las otras dos opciones alteran el texto legal: la ley habla de la entrada y registro en domicilio en los casos permitidos por la Constitución, y exige que el daño inminente sea de reparación imposible o difícil.
Lo que dice la norma
Constitución Española · artículo 15
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