Examen oficial 2021 · Pregunta 51 de 100Tema 18 · Delitos contra el patrimonio y el orden socioeconómicoApartado 18.4: Estafa, apropiación indebida y delitos análogosDificultad media
El que ocupare, sin autorización debida, un inmueble, vivienda o edificio ajenos que no constituya morada, o se mantuviere en ellos contra la voluntad de su titular”, comete:
Delito de Usurpación del art. 245 del Código Penal.
Respuesta correcta: A)
Delito de Extorsión del art. 243 del Código Penal.
Delito de Coacciones del art. 172 del Código Penal.
Por qué
Ocupar sin autorización un inmueble ajeno que no constituya morada, o mantenerse en él contra la voluntad del titular, es el delito de usurpación del artículo 245 del Código Penal. La extorsión (artículo 243) y las coacciones (artículo 172) son los distractores clásicos.
Lo que dice la norma
Código Penal · artículo 245
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