¿Cuál es la novedad introducida en el Código Penal por la Ley Orgánica 8/2021, de 4 de junio, de protección integral a la infancia y la adolescencia frente a la violencia, en relación a los delitos de homicidio y asesinato?
Las personas condenadas por dichos delitos se les impondrá una medida de seguridad cuando la víctima sea una persona especialmente vulnerable por razón de su edad o discapacidad.
El reo puede ser castigado con pena de prisión permanente revisable cuando la víctima sea menor de dieciséis años o una persona especialmente vulnerable por razón de la edad.
Si la víctima y el autor de los delitos mencionados tuvieran un hijo o hija en común, la autoridad judicial impondrá, respecto de este, pena de privación de la patria potestad.
Respuesta correcta: C)
Por qué
La Ley Orgánica 8/2021 introdujo en el Código Penal la privación de la patria potestad respecto del hijo o hija común cuando la víctima y el autor del homicidio o asesinato lo tuvieran, y la autoridad judicial la impone en todo caso. La prisión permanente revisable para el asesinato de menor de dieciséis años o persona especialmente vulnerable ya estaba desde 2015, así que no es la novedad.
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