Examen oficial 2022 · Pregunta 38 de 100Tema 42 · Armas de fuego y Reglamento de ArmasApartado 42.4: DocumentaciónDificultad fácil

Para la tenencia de un arma de fuego reglamentaria durante un viaje por España de un titular con residencia en un país miembro de la Unión Europea solamente será permitida si el interesado ha obtenido una autorización de la Dirección General de la Guardia Civil y de la autoridad competente del Estado de residencia. Dichas autorizaciones se harán constar en la Tarjeta Europea de armas de fuego y concederán:

  1. Para uno o varios viajes, por un plazo máximo de tres meses.

  2. Para uno o varios viajes, por un plazo máximo de seis meses.

  3. Para uno o varios viajes, por un plazo máximo de doce meses.

    Respuesta correcta: C)

Por qué

El artículo 112.3 del Reglamento de Armas es literal: la autorización se concede "para uno o varios desplazamientos y para un plazo máximo de un año, renovable", y se hace constar en la Tarjeta Europea de Armas de Fuego. Doce meses, por tanto. No confundas ese plazo con la vigencia de la propia Tarjeta, que es de cinco años prorrogables (art. 113).

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