Examen oficial 2024 · Pregunta 23 de 100Tema 42 · Armas de fuego y Reglamento de ArmasApartado 42.2: ClasificaciónDificultad media

El artículo 4 del Real Decreto 137/1993, de 29 de enero, por el que se aprueba el Reglamento de Armas, prohíbe la fabricación, importación, circulación, publicidad, compraventa, tenencia y uso de las siguientes armas o de sus imitaciones:

  1. Las ballestas.

  2. Las pistolas y revólveres que lleven adaptado un culatín.

    Respuesta correcta: B)

  3. Las armas inutilizadas.

Por qué

El artículo 4 del Reglamento de Armas prohíbe, entre otras, las PISTOLAS Y REVÓLVERES QUE LLEVEN ADAPTADO UN CULATÍN, porque ese accesorio convierte un arma corta en algo asimilable a un arma larga. Las ballestas son de la categoría 7.ª y las armas inutilizadas no están prohibidas, sino sujetas a su propio régimen.

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