Una pareja rompe su relación sentimental. Días después, por venganza y sin consentimiento del hombre, la mujer difunde a través del móvil unas imágenes íntimas que la pareja se grabó en fechas anteriores.
La mujer no incurre en responsabilidad penal, ya que la grabación de las imágenes íntimas fue consentida por ambos.
Al difundir las imágenes, comete un delito de sabote informático atenuado por ser grabaciones consentidas.
Hay un delito de descubrimiento y revelación de secretos, al menoscabar gravemente la intimidad del hombre con la divulgación de las imágenes.
Respuesta correcta: C)
Por qué
La difusión sin consentimiento de imágenes íntimas obtenidas con anuencia previa, cuando menoscaba gravemente la intimidad de la víctima, constituye un delito de descubrimiento y revelación de secretos del Código Penal. Que la grabación inicial fuera consentida no ampara su posterior difusión.
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