Examen oficial 2026 · Pregunta 16 de 100Tema 16 · El Código Penal: parte generalApartado 16.5: Iter criminis, error y concurso de delitosDificultad fácil

El propietario de una aseguradora está obsesionado con enriquecerse y dejar de trabajar, por lo que todas las noches se imagina que consigue engañar a sus clientes y que vive en una isla paradisiaca, ¿qué responsabilidad conlleva esta conducta según nuestro Código Penal?

  1. Es un delito consumado.

  2. Es un delito en grado de tentativa.

  3. Es una conducta atípica.

    Respuesta correcta: C)

Por qué

Imaginar o desear un delito no es punible: el Derecho penal castiga hechos, no pensamientos (cogitationis poenam nemo patitur). La tentativa (art. 16 CP) exige dar principio a la ejecución «directamente por hechos exteriores», y la consumación exige realizar todos los elementos del tipo. El propietario ni engaña ni empieza a ejecutar nada, así que su conducta es atípica.

Lo que dice la norma

Código Penal · artículo 16

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