Usted observa en el tren, como un individuo sustrae de la mochila de un pasajero que se ha quedado dormido, el teléfono móvil, valorado en 100 euros. Señale la respuesta correcta:
El dispositivo tiene contenido personal, es un delito de hurto agravado.
El valor económico es inferior a 400 euros, es un delito leve de hurto.
Respuesta correcta: B)
Es un delito de hurto en concurso con descubrimiento y revelación de secretos.
Por qué
Tomar una cosa mueble ajena sin violencia, intimidación ni fuerza en las cosas es hurto (art. 234 CP); si el valor no excede de 400 euros, es el delito leve del artículo 234.2, castigado con multa de uno a tres meses. Que el móvil contenga datos personales no convierte el hurto en agravado (los supuestos del art. 235 son otros) ni supone descubrimiento de secretos, que exigiría acceder a esos datos.
Lo que dice la norma
Código Penal · artículo 234
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