Examen oficial 2022 · Pregunta 76 de 100Tema 6 · Los funcionarios públicosApartado 6.4: Régimen disciplinario del funcionario públicoDificultad media

Según la LO 4/2010 de Régimen Disciplinario de la Policía Nacional, será competente para la incoación de un procedimiento por falta leve:

  1. El Comisario, Jefe de la Comisaría de Distrito de Fuencarral-El Pardo.

  2. El Jefe de la División de Formación y Perfeccionamiento.

    Respuesta correcta: B)

  3. Ambos tienen capacidad para la incoación del procedimiento por falta leve.

Por qué

Para incoar un procedimiento por falta leve la Ley Orgánica 4/2010 atribuye la competencia a los jefes de las unidades con nivel orgánico determinado, y entre ellos está el JEFE DE LA DIVISIÓN DE FORMACIÓN Y PERFECCIONAMIENTO. El comisario de una comisaría de distrito no alcanza ese nivel, así que no puede incoar por sí mismo.

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