¿ Qué vehículos según el artículo 68.2 del Real Decreto 1428/2003, de 21 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento General de Circulación, tendrán el carácter de prioritarios cuando circulen en servicio urgente y cuyos conductores adviertan de su presencia mediante la utilización simultánea de la señal luminosa y del aparato emisor de señales acústicas especiales?
Vehículos de los servicios de policía, extinción de incendios y protección civil y salvamento.
Vehículos de los servicios de policía y de asistencia sanitaria, pública o privada.
Ambas respuestas son correctas.
Respuesta correcta: C)
Por qué
El artículo 68.2 del Reglamento General de Circulación dispone que «tendrán el carácter de prioritarios los vehículos de los servicios de policía, extinción de incendios, protección civil y salvamento, y de asistencia sanitaria, pública o privada» que circulen en servicio urgente y adviertan de su presencia con la señal luminosa y el aparato emisor de señales acústicas especiales. Las opciones A y B recogen cada una parte de la lista, así que la correcta es «ambas».
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