Examen oficial 2026 · Pregunta 91 de 100Tema 12 · La protección internacional: asilo, refugio, protección subsidiaria y apatridiaApartado 12.3: Procedimiento de protección internacionalDificultad alta

El Real Decreto 220/2022, de 29 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento por el que se regula el sistema de acogida en materia de protección internacional, en su Título II, Capítulo VI, indica que el objetivo de la fase de autonomía es apoyar la adquisición de autonomía de las personas beneficiarias de protección internacional o del estatuto de apátrida, así como la consolidación de conocimientos y habilidades que hagan efectiva su plena inclusión en la sociedad. Esta fase de autonomía tendrá una duración máxima de:

  1. Seis meses.

    Respuesta correcta: A)

  2. Un año.

  3. Tres meses.

Por qué

El artículo 23.1 del Reglamento del sistema de acogida (Real Decreto 220/2022) establece que «la fase de autonomía tendrá una duración máxima de seis meses», ampliable otros seis en el caso de personas reasentadas o en situación de vulnerabilidad (art. 23.2). El itinerario completo es: valoración inicial y derivación, fase de acogida (seis meses) y fase de autonomía (seis meses).

Lo que dice la norma

Ley de Asilo · artículo 23

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