¿Cuándo será sometida a referéndum, para su ratificación, una reforma constitucional aprobada por las Cortes Generales?:
Cuando así lo soliciten, dentro de los 20 días siguientes a su aprobación un tercio de los miembros de cualquiera de las Cámaras.
Cuando así lo soliciten, dentro de los 20 días siguientes a su aprobación una décima parte de los miembros de cualquiera de las Cámaras.
Cuando así lo soliciten, dentro de los 15 días siguientes a su aprobación una décima parte de los miembros de cualquiera de las Cámaras.
Respuesta correcta: C)
Por qué
El artículo 167 de la Constitución Española permite someter a referéndum la reforma constitucional cuando lo soliciten, dentro de los quince días siguientes a su aprobación, una décima parte de los miembros de cualquiera de las Cámaras. Cuidado con confundir el plazo (quince días) y la fracción (una décima parte).
Lo que dice la norma
Constitución Española · artículo 167
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